Consejo Internacional de la OFS - Edición semanal
Volumen: 10 - N. 42 - 2004 - Octubre - III
Fuente: Segretaría CIOFS
Asís, 4 de octubre de 2004
Fiesta de San Francisco de Asís
A los Consejos nacionales OFS
A los Consejeros Internacionales OFS
Circ.18/02-08
Carísimos:
¡El Señor os dé paz!
Cuando todos estamos celebrando la fiesta de San Francisco, con alegría y un empeño renovado de seriedad en nuestro compromiso de vida evangélica, desde Asís, donde me encuentro con la Conferencia de la Familia Franciscana, para atender asuntos importantes para nuestra Familia y sobre todo para venerar y honrar a nuestro Seráfico Padre, os llevo a todos en mi corazón y presento ante su tumba los anhelos y esperanzas de nuestra Orden y de cada uno de sus miembros.
Continuando con nuestras comunicaciones, os informo que la Presidencia del CIOFS, ha preparado y aprobado, en el mes de abril del presente año, un documento para ofrecer a todos los Consejos nacionales titulado: “Tratamiento de los miembros no activos”. La dificultad que conlleva la traducción de los documentos, a las cuatro lenguas oficiales, ha demorado un poco su divulgación, lo que hago con gusto en este momento.
Es un documento importante, que viene a complementar el enviado anteriormente sobre la pastoral para los hermanos que no pueden, aunque lo deseen, participar en la vida de la Fraternidad.
Desde la aprobación de nuestra Regla y de las Constituciones generales, no pueden existir hermanos “aislados”. Todos nos integramos en una fraternidad, siendo la participación en la vida de la misma una de las exigencias de nuestra vocación y un elemento indispensable para nuestra pertenencia a la Orden. Por ello, hemos considerado oportuno iluminar a todos los niveles de la Orden y especialmente a los Consejos nacionales que tienen la misión de guiar e iluminar la vida y actuación de las fraternidades de su Fraternidad nacional, sobre un problema que aqueja a un gran número de Fraternidades: La ausencia de nuestros hermanos/as.
Os lo encomiendo fuertemente, esperando os sea de utilidad, os saludo con fraterno afecto,
Encarnación del Pozo
Ministra General
(parte I)
Con la Regla renovada de Pablo VI y las Constituciones generales, no existen franciscanos seglares “aislados”: todos pertenecen a una Fraternidad local o personal y son admitidos por su Consejo. Además, la participación en la vida de la Fraternidad se corresponde con la Forma de Vida profesada.
Antes del Concilio se daba la exigencia de la participación en la “reunión mensual”, con un cierto rigor legalista. En el ponderado “Manuale Storico-Giuridico-Pratico del TOF” del P. Antonio de Sant’Elia (de 1947) se lee: “El terciario que se descuida en la frecuencia de la reunión mensual sea avisado, castigado con alguna saludable penitencia y, si continúa en la negligencia, puede ser borrado del registro de la hermandad”. El artículo 153 de las Constituciones de 1957 prescribe: “Los Terciarios que, amonestados tres veces, hayan rehusado observar por un trienio las obligaciones propias de la Tercera Orden, teniendo presentes las circunstancias de lugares y tiempos, sean destituidos de la Orden por el Comisario Provincial”.
Con la crisis de identidad que afectó a algunas Fraternidades después del Concilio, se dio una cierta tolerancia respecto al absentismo y a la falta de participación en la vida fraterna. Un buen número de hermanos y hermanas se alejaron, sin que su comportamiento fuese formalizado de alguna manera, ni por parte de los mismos interesados, ni por parte del Consejo. Esta situaciónfue tolerada durante años, y aun continúa siéndolo, debido a la falta de una de orientación clara alrespecto.
La instauración de un sistema de aportación económica de acuerdo con el número de miembros de cada Fraternidad ha puesto al descubierto el problema de los miembros ausentes que, no obstante, son contados en las estadísticas. Algunas Fraternidades introdujeron la distinción entre “miembros activos” y “miembros no activos”; otras se adelantaron hasta “eliminar” indiscriminadamente a los miembros que no se presentaban desde hacía tiempo.
Las Constituciones Generales de 2000 han aportado claridad sobre el modo de proceder en los casos de hermanos y hermanas ausentes. Esta forma de proceder es el objeto del presente documento.
Los Consejos locales no pueden tratar a todos los hermanos y hermanas ausentes con los mismos criterios, porque se dan diversos tipos de impedimentos:
Las tres primeras hipótesis de ausencia, que hemos indicado anteriormente, han sido objeto de estudio en la circular n. 11/02-08, difundida por la Comisión de Formación, que ha preparado también una encuesta para conocer las dimensiones del fenómeno y recoger indicaciones acerca de las iniciativas y trámites que se han de adoptar en estos casos.
La cuarta hipótesis, la de los ausentes injustificados, que las Constituciones Generales definen como “miembros en dificultad”, requiere un tratamiento no solo pastoral sino también jurídico, para la eventual adopción de las medidas previstas en las mismas Constituciones.