LISTA C I O F S

Consejo Internacional de la OFS - Edición semanal

Volumen: 8 - N. 4 - 2002 - Enero - IV

Fuente: Carta a los Asistentes, 2001, N. 2


Asistencia colegial a la O.F.S.
Asistencia colegial en la Regla de la OFS
Asistencia colegial en las Constituciones generales de la OFS

ASISTENCIA COLEGIAL A LA O.F.S.

Fray Ivan Matic', ofm

(Parte I)

Con esta breve relación queremos reflexionar juntos sobre la importancia y la responsabilidad de nuestro deber en lo tocante a la asistencia espiritual y pastoral a la Orden Franciscana Seglar, misión confiada a nosotros franciscanos de la Primera Orden y de la TOR [1 por la Iglesia.

La asistencia a la OFS se realiza en diversos niveles. Cuando una Fraternidad de nivel superior a local (regional, nacional o internacional) es asistida espiritualmente por más de una Familia religiosa franciscana, entonces se debe hablar de asistencia colegial y no de asistencia interobediencial.

Pienso que debemos ser muy precisos y claros también en el lenguaje, porque se trata de cosas nuevas que se refieren a las estructuras propias de la OFS, reconocidas por la Iglesia con la aprobación de las Constituciones generales de la OFS.

Como franciscanos de la Primera Orden y de la TOR estamos llamados a profundizar cada vez más nuestro conocimiento referente a lo nuevo, a su crecimiento y a su desarrollo de la OFS, estudiando con amor fraterno sus documentos que son verdaderamente un tesoro precioso. ¿Por qué es importante todo esto?

La Orden Franciscana Seglar, en la gran Familia Franciscana, tiene un puesto muy particular, ya que sus miembros viven en la Iglesia y en el mundo el carisma común franciscano, que nos ha dejado en heredad San Francisco, como "seglares".

Los Franciscanos Seglares viven su peculiar carisma en unión orgánica con todas las Fraternidades católicas dispersas en el mundo y abiertas a todos los fieles, en las que los hermanos y las hermanas son movidos por el Espíritu para alcanzar la perfección de la caridad en el estado secular [2 .

Como tal, la OFS es asistida espiritualmente y pastoralmente por las cuatro Familias religiosas franciscanas (Primera Orden Franciscana y TOR). "Como signo concreto de comunión y de corresponsabilidad, los Consejos de los diferentes niveles pedirán religiosos idóneos y preparados para la asistencia espiritual, a los Superiores de las cuatro Familias religiosas franciscanas, a las cuales, desde siglos, está unida la Fraternidad Seglar" [3 .

Conociendo las estructuras propias de la OFS, la asistencia puede ser desarrollada de una manera mucho mejor organizada. ¿Cuáles son estas estructuras? He aquí lo que dice la Regla: "La Orden Franciscana Seglar se divide en Fraternidades, de diversos niveles o grados: local, regional, nacional e internacional. Cada una de estas Fraternidades tiene su propia personalidad moral en la Iglesia [4 . Las Fraternidades se coordinan y unen entre sí, de acuerdo con lo que se establece en esta Regla y en las Constituciones" [5 .

Asistencia colegial en la Regla de la OFS

Veamos ahora la asistencia a la OFS, confiada a los Franciscanos de la Primera Orden y de la TOR, así como lo entiende la Iglesia. En este momento no es posible presentar todos los documentos de la rica historia de la OFS, en los que, entre otras cosas, se nota un desarrollo en lo que se refiere a la asistencia, sino que nos detenemos en las novedades introducidas por la nueva Regla de la OFS de Pablo VI, aprobada el 24 de junio de 1978.

Una novedad importante de esta nueva Regla se halla, sin duda, en el paso de la dependencia de la OFS a la Primera Orden y a la TOR a la comunión vital recíproca: "En maneras y formas diversas, pero en recíproca comunión vital, todos ellos se proponen hacer presente el carisma del común Seráfico Padre, en la vida y en la misión de la Iglesia" [6 . Después de haber subrayado la "una unión orgánica de todas las fraternidades católicas" [7 , las características particulares de la vida seglar y su autonomía, recuerda una vez más la comunión y la corresponsabilidad "en el carisma del común Seráfico Padre", pidiendo "religiosos idóneos y preparados para la asistencia espiritual, a los Superiores de las cuatro Familias religiosas franciscanas" [8 .

La asistencia espiritual pedida a los "Superiores de las cuatro Familias religiosas franciscanas, a las cuales, desde siglos, está unida la Fraternidad Seglar" [9 , es un servicio. Por lo tanto, no puede ejercerse un predominio en ninguno de los espacios en los que el Asistente colabora, impidiendo así que la asistencia espiritual transforme la relación de colaboración en dependencia.

La Regla de la OFS comienza su redacción recordando que los franciscanos seglares no son un apéndice, sino una realidad integradora de la Familia Franciscana [10 , y termina con la petición a los Superiores de la Primera Orden y de la TOR de religiosos idóneos y preparados para la asistencia espiritual [11 , como algo que proviene de un mismo carisma.

Los Ministros y los Custodios, en calidad de Superiores Mayores, son invitados a mantener un diálogo, un intercambio de pareceres con los respectivos Consejos y Ministros de la OFS, en señal de comunión y de corresponsabilidad, cuando se les pide, y ellos les ofrecen, los candidatos para la asistencia. Este intercambio de pareceres será un signo de que se ha entendido la naturaleza y la misión de la OFS, mientras se consolidan los fundamentos de la colegialidad en todos los niveles.

Asistencia colegial en las Constituciones generales de la OFS

Las Constituciones Generales de la OFS manifiestan esta acción colegial de manera aún más clara y evidente: "Para todo lo que respecta al conjunto de la OFS, el "altius moderamen" debe ser ejercido por los Ministros generales colegialmente" [12 .

Si los Ministros generales desarrollan su servicio colegialmente, sus Delegados inmediatos, los Asistentes espirituales generales (y lo mismo se puede y debe decir de los Asistentes nacionales y regionales en su relación con los Ministros provinciales o Custodios), al prestar la asistencia colegial a la Orden Franciscana Seglar deben hallarse en consonancia con el espíritu de la Conferencia de los Ministros generales de la Primera Orden y de la TOR.

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  1. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 26.
  2. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 2.
  3. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 26.
  4. Can. 116.
  5. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 20.
  6. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 1.
  7. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 2.
  8. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 26.
  9. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 26.
  10. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 1.
  11. Cfr. Regla de la Orden Franciscana Seglar, 26.
  12. Constituciones Generales de la Orden Franciscana Seglar, 87.1.