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Roma, 28 maggio 2006
Solemnidad de la Ascensión del Señor

Circ. 41/02-08


La novitas franciscana: Misión y testimonio”


A los Consejos nacionales OFS
A los Consejeros internacionales OFS y Jufra
A todos los hermanos y hermanas

Carísimos,

¡Paz y Bien!

Considerad y ved cual es nuestra vocación, que es una vocación específica que informa nuestra vida y nuestra acción apostólica en el mundo (CC.GG. 2,1). La índole secular caracteriza nuestra espiritualidad y nuestra vida apostólica y se expresa según las respectivas condiciones, es decir, contribuyendo a la edificación del Reino de Dios con nuestra presencia en las realidades y actividades temporales (CC.GG. 3,1-2).

Hoy, todos nosotros, miembros de la Orden Franciscana Secular, debemos dar testimonio de nuestra fe y de nuestra vocación ante los hombres: en la vida de familia, en el trabajo, en la alegría y en el sufrimiento, en el encuentro con los hombres, hermanos todos en el mismo Padre, en la presencia y en la participación en la vida social, en la relación fraterna con todas las criaturas (CC.GG. 12,1).

Carísimos, nuestro apostolado preferencial es el testimonio personal en el ambiente en el que vivimos. Por tanto, debemos ser conocidos por medio de nuestro testimonio: “ved como se aman”. Este testimonio debe ser “el signo” de nuestra presencia y no el uso de un hábito o uniforme, que a la vez supone un gasto que muchos de nuestros hermanos/as no se pueden permitir. El hábito debe hacer al fraile, no al seglar...

Hermanos y hermanas, considerad y ved. En este sentido y visto que de tanto en tanto surge una consulta sobre el uso de un hábito, os ofrecemos en el documento anexo, el “Parecer” de la Presidencia del Ciofs al respecto, con la finalidad de ayudaros a tener claridad en este asunto.

Vuestro hermano en Cristo y Francisco,


Rosalvo Gonçalves Mota, OFS
Viceministro General


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PRESIDENCIA CIOFS

Comisión Jurídica



PARECER SOBRE EL USO DE UN “HÁBITO” EN LA OFS


1. Considerando que, tras el Concilio Vaticano II y de acuerdo con sus orientaciones, la Iglesia Católica convocó a los “fieles laicos” para que asumieran la función que les es propia, respetando siempre su estado secular.

2. Considerando que, por determinación de la Santa Sede hubieron de ser revisados los documentos básicos de los diversos Institutos religiosos y seculares así como los de las instituciones seculares en busca de un “aggiornamento” y de la “vuelta a las fuentes”.

3. Considerando que en esta línea la Regla de la OFS, aprobada por el Papa Pablo VI en 1978, en su artículo 23 solo menciona el uso de un signo distintivo que debe ser regulado por los Estatutos y que en las Constituciones Generales, artículo 43, se determina que los Estatutos nacionales deben establecer “el signo distintivo de pertenencia a la Orden (la TAU u otro símbolo franciscano)” no tratándose más de “toma de hábito” como anteriormente;

4. Considerando, además, que el Ritual para la OFS, en el Rito de Admisión, no se refiere ya a la “toma del hábito”, sino que solo privilegia la entrega a los candidatos del Evangelio, la Regla y las Constituciones generales;

5. Considerándose, finalmente, que es obligación de los franciscanos seculares el acatamiento y observancia de la Regla y de las Constituciones;

La Comisión Jurídica de la Presidencia CIOFS es del PARECER que las Fraternidades locales de la OFS en obediencia a la Regla, las Constituciones y el Ritual, están impedidas de continuar practicando el rito de “toma del hábito” en la admisión de los nuevos candidatos y éstos a su vez, están impedidos de usar un hábito, bajo la responsabilidad de los respectivos Consejos y Ministros. E insiste en la responsabilidad de cada Consejo nacional de las Fraternidades constituidas en hacer respetar el signo distintivo establecido en sus Estatutos nacionales, y de cada Consejo nacional provisorio el decido en Capítulo. El citado signo debe ser acorde con la secularidad de la OFS.

 

Rosalvo G. Mota, OFS

Viceministro General

Coordinador de la Comisión Jurídica Ciofs


Nota: Si alguna antigua Fraternidad conserva la tradición de un hábito o uniforme, excepcionalmente se puede consentir su uso para alguna de sus reuniones.